218

Artículo 748. Arribo a puerto no autorizado

Si es necesario arribar a un puerto diferente al autorizado, el comandante debe hacerlo por el menor tiempo posible y reportar la causa de la desviación.

arribopuertodesviacion

Texto Legal

Si hallándose de viaje le fuere indispensable arribar a otro puerto que el señalado o permitido por sus instrucciones, estará en él el menor tiempo posible, dando cuenta en primera oportunidad de la causa y duración de la arribada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La comunicación inmediata sobre arribos no autorizados es crucial para evitar problemas legales. Se recomienda tener un protocolo claro para estas situaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 748 del 218?

Si es necesario arribar a un puerto diferente al autorizado, el comandante debe hacerlo por el menor tiempo posible y reportar la causa de la desviación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 748 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La comunicación inmediata sobre arribos no autorizados es crucial para evitar problemas legales. Se recomienda tener un protocolo claro para estas situaciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 748 del 218?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 748 218 desde tu celular