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Artículo 717. Control de víveres embarcados

El artículo establece que se debe vigilar la calidad de los víveres embarcados y garantizar que no se disminuya la ración asignada a la tripulación. Esto es fundamental para el bienestar de la tripulación.

viverescalidadtripulacion

Texto Legal

En el embarque de víveres vigilará que éstos sean de buena calidad, y que por ningún motivo se disminuya la ración de armada que la ley asigna a la tripulación, ni la de los pasajeros que conduzca, dando orden por escrito para que se ministre a los citados individuos de transporte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable realizar auditorías periódicas de los víveres para asegurar que se cumplan los estándares de calidad y cantidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 717 del 218?

El artículo establece que se debe vigilar la calidad de los víveres embarcados y garantizar que no se disminuya la ración asignada a la tripulación. Esto es fundamental para el bienestar de la tripulación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 717 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Es recomendable realizar auditorías periódicas de los víveres para asegurar que se cumplan los estándares de calidad y cantidad.

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