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Artículo 648. Vigilancia en otros Arsenales

El Comandante que supervise la construcción en Arsenales ajenos debe documentar cada incidente y las dimensiones de las piezas importantes. Esto asegura un registro detallado del proceso de construcción.

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Texto Legal

Si fuere nombrado Comandante para un buque que se construya en otros Arsenales que los del Gobierno, vigilará las obras con suma escrupulosidad, anotando y haciendo que los Oficiales que estén a sus órdenes asienten en libros especiales cada uno de los incidentes que ocurran durante la construcción, especificando las dimensiones generales de cada una de las piezas importantes, tales como quillas, roda, codaste, cuadernas, mamparos, cubiertas, etc., etc., para que con estas noticias se tenga en todo tiempo conocimiento de su historia y de la calidad de los materiales empleados en las obras.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La documentación meticulosa es esencial para el seguimiento de la construcción de buques. Los comandantes deben asegurarse de que sus oficiales registren todos los incidentes relevantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 648 del 218?

El Comandante que supervise la construcción en Arsenales ajenos debe documentar cada incidente y las dimensiones de las piezas importantes. Esto asegura un registro detallado del proceso de construcción.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 648 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La documentación meticulosa es esencial para el seguimiento de la construcción de buques. Los comandantes deben asegurarse de que sus oficiales registren todos los incidentes relevantes.

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