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Artículo 630. Informe de daños tras combate

Este articulo establece que el oficial debe informar sobre los daños sufridos y la conducta de la tripulación tras un combate. Esto es importante para la evaluación de la efectividad y la moral de la tripulación.

informedañosconducta
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 19 de octubre de 2000. Verificado en 2026.

Texto Legal

Terminado el combate, se informará personalmente de los daños sufridos en cada departamento, del número de muertos y heridos, y de la conducta que haya observado cada individuo de la dotación, dando parte detallada al Comandante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La evaluación post-combate es esencial para mejorar tácticas y moral. Se recomienda documentar todos los aspectos relevantes para futuras referencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 630 del 218?

Este articulo establece que el oficial debe informar sobre los daños sufridos y la conducta de la tripulación tras un combate. Esto es importante para la evaluación de la efectividad y la moral de la tripulación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 630 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La evaluación post-combate es esencial para mejorar tácticas y moral. Se recomienda documentar todos los aspectos relevantes para futuras referencias.

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