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Artículo 560. Revista de Efectos

Mensualmente, se realizará una revista de los efectos a cargo del Contramaestre y timoneles, asegurando su limpieza y estado. Esto es esencial para el mantenimiento del buque.

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Texto Legal

Una vez al mes, en el día que creyere conveniente, hará que el Contramaestre de bitácora y los timoneles saquen los efectos de su cargo para pasarles una escrupulosa revista, haciendo que se rectifiquen las correderas de barquilla y sondalezas, y se limpien las taquillas y cajonadas destinadas para guardar dichos efectos.

Los días 1o. y 15 de cada mes ordenará se saquen a orear las banderas nacionales y de señales, teniendo cuidado de que las extranjeras no sean izadas, sino solamente colocadas sobre las botavaras o batayolas, para que no se vean fuera del buque.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La revista mensual es una práctica que ayuda a identificar problemas antes de que se conviertan en incidentes. Se sugiere documentar los hallazgos para futuras referencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 560 del 218?

Mensualmente, se realizará una revista de los efectos a cargo del Contramaestre y timoneles, asegurando su limpieza y estado. Esto es esencial para el mantenimiento del buque.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 560 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La revista mensual es una práctica que ayuda a identificar problemas antes de que se conviertan en incidentes. Se sugiere documentar los hallazgos para futuras referencias.

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