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Artículo 530. Adiestramiento en manejo de armas

El Oficial procurará que la tripulación se adiestre en el manejo de armas y otros conocimientos técnicos. Esto es crucial para el desempeño efectivo en situaciones de combate.

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Texto Legal

Procurará con empeño que la tripulación se adiestre en el manejo de todas las armas, enseñará a los Condestables y Cabos de cañón, teórica y prácticamente, el uso de toda clase de espoletas, tablas de tiro, variedad de las clases de pólvora y proyectiles, servicio de los aparatos eléctricos para disparar los cañones y, en resumen, cuantos conocimientos creyere de importancia para que la gente pueda desempeñar cualquier servicio de armas que se le encomiende.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Un buen adiestramiento puede marcar la diferencia en situaciones críticas. Considere la posibilidad de incluir entrenamientos en el uso de nuevas tecnologías y tácticas modernas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 530 del 218?

El Oficial procurará que la tripulación se adiestre en el manejo de armas y otros conocimientos técnicos. Esto es crucial para el desempeño efectivo en situaciones de combate.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 530 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Un buen adiestramiento puede marcar la diferencia en situaciones críticas. Considere la posibilidad de incluir entrenamientos en el uso de nuevas tecnologías y tácticas modernas.

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