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Artículo 493. Sable y pistola reglamentarios

Todo Oficial subalterno debe portar el sable y pistola reglamentarios en los servicios de armas. Esto es esencial para el cumplimiento de sus funciones en el servicio militar.

sablepistolaservicios de armas

Texto Legal

Todo Oficial subalterno de la Armada deberá tener el sable y pistola reglamentarios, para usarlos en todos los servicios de armas a que concurra.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de contar con el equipo reglamentario es fundamental para la preparación y seguridad en el servicio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 493 del 218?

Todo Oficial subalterno debe portar el sable y pistola reglamentarios en los servicios de armas. Esto es esencial para el cumplimiento de sus funciones en el servicio militar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 493 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Asegurarse de contar con el equipo reglamentario es fundamental para la preparación y seguridad en el servicio.

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