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Artículo 435. Instrucción de la marineria

El personal debe enseñar a la marinería sobre su oficio, asegurando que estén capacitados para realizar tareas específicas. Esto es clave para el desarrollo de habilidades en el equipo.

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Texto Legal

Cuando lo disponga el Segundo Comandante deberá enseñar prácticamente a la marinería todo lo concerniente a su oficio, como cortar y coser velas, toldos, sacos, mangueras, coys,

ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

maletas, fundas de todas clases y encerados; y en los buques donde hubiere grumetes será especial instructor, en los días y horas reglamentarias, de todos los trabajos de su oficio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacitación continua del personal es fundamental para mantener un equipo competente. Se recomienda establecer un programa de formación regular.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 435 del 218?

El personal debe enseñar a la marinería sobre su oficio, asegurando que estén capacitados para realizar tareas específicas. Esto es clave para el desarrollo de habilidades en el equipo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 435 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La capacitación continua del personal es fundamental para mantener un equipo competente. Se recomienda establecer un programa de formación regular.

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