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Artículo 417. Servicio de agua potable

El personal es responsable del servicio de agua potable, asegurando su uso adecuado y evitando desperdicios. Esto es vital para la salud de la tripulación.

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Texto Legal

Estará encargado del servicio de agua potable, vigilando que el consumo se haga en la forma y cantidad que ordene el Segundo Comandante por conducto del Contramaestre de cargo; hará que los filtros o tanques para uso diario de la marinería se llenen cuando sea necesario y evitará los desperdicios; y dos veces al día, a las horas que ordene el Reglamento interior, sondeará los algibes y tanques y dará cuenta al Contramaestre de la existencia, así como de los que hubiere necesidad de llenar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La gestión eficiente del agua es esencial en operaciones prolongadas. Se sugiere establecer un sistema de monitoreo de consumo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 417 del 218?

El personal es responsable del servicio de agua potable, asegurando su uso adecuado y evitando desperdicios. Esto es vital para la salud de la tripulación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 417 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La gestión eficiente del agua es esencial en operaciones prolongadas. Se sugiere establecer un sistema de monitoreo de consumo.

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