Este articulo establece que se deben pedir órdenes para encender o apagar las luces de navegación. El cumplimiento de esta norma es vital para la seguridad en la navegación.
Tanto en puerto como en la mar, pedirá órdenes al Oficial de guardia para hacer encender o apagar, a las horas reglamentarias, las luces de navegación o de puerto y las lantias de los compases.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Mantener un registro de las horas en que se encienden y apagan las luces puede ayudar a evitar confusiones y garantizar la seguridad en la navegación, especialmente en condiciones de baja visibilidad.
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