El artículo establece que no se debe entorpecer el trabajo de los subalternos y se debe apoyar sus decisiones justas. En caso de faltas, se debe proceder con respeto y notificar a los superiores.
No entorpecerá por motivo alguno el ejercicio de las funciones de sus subalternos, sino antes bien los apoyará en sus determinaciones cuando sean justas. Si faltaren o dieren motivo para que se les reprenda, lo hará sin maltratarlos de palabra u otra manera, dando parte enseguida al Oficial de guardia y directamente al que mandare la brigada a que correspondan los culpables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Fomentar un ambiente de respeto y apoyo entre los rangos es crucial para mantener la moral y la eficacia operativa en la Armada.
Anterior
Art. 331. Entrega de palamenta a patrones
Siguiente
Art. 333. Reconocimientos por Contramaestres
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo