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Artículo 323. Desarme del buque

Durante el desarme, el Contramaestre debe supervisar la recolección y empacado de pertrechos, asegurando su estado y evitando deterioros.

desarmesupervisionpertrechos

Texto Legal

Al desarmarse el buque, hará que los Contramaestres subalternos cuiden de recoger y empacar los pertrechos de su cargo, marcando por separado los bultos, especificando la clase, calidad y cantidad de los efectos que contengan y anotando los útiles que deban repararse o excluirse; y procurará se tomen todas las precauciones para impedir que los efectos que se entreguen a los almacenes sufran deterioro o maltrato.

Al efectuar la entrega de cada artículo, el Contramaestre de cargo recabará recibo del empleado encargado de almacenarlos, determinando su estado, peso y dimensiones, y quedará aquél responsable de presentar dicho resguardo al terminar el servicio de desarme.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Un proceso de desarme bien gestionado puede prevenir pérdidas significativas. Es recomendable documentar cada paso para futuras auditorías.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 323 del 218?

Durante el desarme, el Contramaestre debe supervisar la recolección y empacado de pertrechos, asegurando su estado y evitando deterioros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 323 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Un proceso de desarme bien gestionado puede prevenir pérdidas significativas. Es recomendable documentar cada paso para futuras auditorías.

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