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Artículo 276. Registro de consumo de municiones

El artículo establece la obligación de registrar el consumo de municiones y pólvora durante ejercicios, informando al Oficial de artillería. También se debe asegurar el orden al finalizar el ejercicio.

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Texto Legal

En ejercicio de fuego, saludo o combate, tomará razón del consumo de municiones, pólvora, artificios, torpedos y demás artículos del cargo; dando parte por escrito al Oficial de artillería y anotando el consumo en la libreta auxiliar que le proporcionará el Detall para llevar el movimiento del propio cargo.

A la terminación del ejercicio, saludo o combate, cuidará de que cada cosa se coloque en su lugar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Llevar un registro preciso del consumo de municiones es crucial para la logística y planificación. Se recomienda utilizar software de gestión para facilitar este proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 276 del 218?

El artículo establece la obligación de registrar el consumo de municiones y pólvora durante ejercicios, informando al Oficial de artillería. También se debe asegurar el orden al finalizar el ejercicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 276 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Llevar un registro preciso del consumo de municiones es crucial para la logística y planificación. Se recomienda utilizar software de gestión para facilitar este proceso.

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