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Artículo 274. Inspección de cañones y municiones

Se establece la obligación de inspeccionar cañones, accesorios y municiones antes de ejercicios de artillería. El Condestable debe solicitar órdenes al Oficial de artillería sobre el aprovisionamiento necesario.

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Texto Legal

Inspeccionará los cañones, accesorios, montajes y municiones cuando deban hacerse ejercicios de artillería, tiro al blanco o salvas, y pedirá órdenes al Oficial de artillería sobre la cantidad y forma del aprovisionamiento de las piezas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La inspección previa a ejercicios es vital para evitar fallos en el equipo. Se recomienda documentar todas las inspecciones para futuras referencias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 274 del 218?

Se establece la obligación de inspeccionar cañones, accesorios y municiones antes de ejercicios de artillería. El Condestable debe solicitar órdenes al Oficial de artillería sobre el aprovisionamiento necesario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 274 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La inspección previa a ejercicios es vital para evitar fallos en el equipo. Se recomienda documentar todas las inspecciones para futuras referencias.

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