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Artículo 164. Atención a las órdenes de contramaestres

Los marineros deben estar atentos a las órdenes de contramaestres o cabos para realizar diversas faenas. Esta norma asegura la eficiencia en las operaciones.

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Texto Legal

Estará siempre atento a las pitadas de prevención dadas por los contramaestres o cabos, a fin de obedecer la voz que dieren, ya fuere para faenas de anclas, dar cabos, largar, aferrar o cargar aparejo, embarcar u otros ejercicios a los cuales deba asistir, según su destino en el barco o dependencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La atención a las órdenes es crucial para la ejecución efectiva de las tareas. Se sugiere realizar simulacros para mejorar la respuesta ante órdenes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 164 del 218?

Los marineros deben estar atentos a las órdenes de contramaestres o cabos para realizar diversas faenas. Esta norma asegura la eficiencia en las operaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 164 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La atención a las órdenes es crucial para la ejecución efectiva de las tareas. Se sugiere realizar simulacros para mejorar la respuesta ante órdenes.

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