218

Artículo 15. Clasificación en el Cuerpo de Ingenieros

La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Ingenieros de Artillería incluye desde ingenieros de artillería hasta subinspectores, asegurando un liderazgo técnico en la Armada.

cuerpo de ingenierosclasificaciónartillería

Texto Legal

La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Ingenieros de Artillería y sus equivalencias con el de Guerra, son:

I.- Oficial

Ingeniero de Artillería Primer Teniente.

II.- Jefes

Ingeniero de Artillería Jefe de 2a. Teniente Mayor.

Ingeniero de Artillería Jefe de 1a. Capitán de Fragata.

Ingeniero de Artillería Subinspector Capitán de Navío.

Cuerpo de Ingenieros Navales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La jerarquía en el Cuerpo de Ingenieros es fundamental para la gestión de proyectos técnicos en la Armada. Los abogados deben considerar las implicaciones legales de esta estructura en la contratación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del 218?

La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Ingenieros de Artillería incluye desde ingenieros de artillería hasta subinspectores, asegurando un liderazgo técnico en la Armada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La jerarquía en el Cuerpo de Ingenieros es fundamental para la gestión de proyectos técnicos en la Armada. Los abogados deben considerar las implicaciones legales de esta estructura en la contratación.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 15 del 218?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 15 218 desde tu celular