La sociedad de responsabilidad limitada no podrá tener más de cincuenta socios. Este límite busca preservar el carácter personalista de esta forma societaria.
La sociedad de responsabilidad limitada no podrá tener más de cincuenta socios. Este límite busca preservar el carácter personalista de esta forma societaria.
La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una forma societaria que combina elementos personalistas con la ventaja de la responsabilidad limitada de los socios. El límite de 50 socios y la estructura de partes sociales no negociables reflejan su naturaleza intermedia entre la sociedad de personas y la sociedad de capitales.
En la práctica empresarial mexicana, la S. de R.L. de C.V. es ampliamente utilizada para empresas familiares y negocios de mediana escala, donde los socios desean mantener un control más cercano sobre la composición del grupo societario y las decisiones de la empresa.
Para efectos fiscales, la S. de R.L. tributa como persona moral bajo el Título II de la Ley del ISR, con el mismo tratamiento que la Sociedad Anónima. La elección entre una S. de R.L. y una S.A. depende principalmente de consideraciones corporativas y de gobierno, más que de aspectos tributarios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Desde la perspectiva de SDV Asesores, el limite de cincuenta socios en la S. de R.L. es una restriccion importante que la distingue de la S.A. Si se requieren mas socios, es necesario optar por la Sociedad Anonima. Este limite hace que la S. de R.L. sea ideal para negocios familiares o con un numero reducido de inversionistas donde se valora el caracter personalista de la relacion.
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Art. 58. Definición de Sociedad de Responsabilidad Limitada
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Art. 60. Denominación de la S. de R.L.
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