Las sociedades extranjeras que operen en México se sujetarán a las disposiciones de esta ley y demás leyes mexicanas en todo lo relativo a sus operaciones en el país.
Las sociedades extranjeras que operen en México se sujetarán a las disposiciones de esta ley y demás leyes mexicanas en todo lo relativo a sus operaciones en el país.
El régimen de las sociedades extranjeras en México busca garantizar la seguridad jurídica del comercio internacional, exigiendo que las empresas foráneas que operen en territorio nacional cumplan con requisitos de registro, representación y capital que protejan a los terceros que se relacionen con ellas.
La inversión extranjera en México está regulada no solo por la LGSM sino también por la Ley de Inversión Extranjera, que establece restricciones y condiciones adicionales para la participación de extranjeros en ciertos sectores económicos considerados estratégicos.
Desde la perspectiva fiscal, las sociedades extranjeras que operen en México a través de un establecimiento permanente tributarán conforme al Título II de la LISR. Aquellas que obtengan ingresos de fuente de riqueza en México sin establecimiento permanente tributarán conforme al Título V de la LISR, con tasas de retención que pueden ser reducidas por tratados para evitar la doble tributación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores destaca que las sociedades extranjeras autorizadas quedan sujetas a la legislacion mexicana en todo lo relativo a sus operaciones en el pais. Esto incluye las obligaciones fiscales, laborales, mercantiles y regulatorias aplicables. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones, multas y la revocacion de la autorizacion. Recomendamos mantener asesoria juridica permanente en Mexico.
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Art. 254. Representante legal de sociedades extranjeras
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Art. 256. Revocación de la autorización
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