Los liquidadores responden ante la sociedad y los socios por los daños causados por su negligencia o incumplimiento de sus obligaciones legales.
Los liquidadores responden ante la sociedad y los socios por los daños causados por su negligencia o incumplimiento de sus obligaciones legales.
El proceso de liquidación es la fase final de la vida de una sociedad mercantil, durante la cual se realizan los activos, se pagan las deudas y se distribuye el remanente entre los socios. Los liquidadores sustituyen a los administradores en la representación de la sociedad.
La liquidación debe realizarse de manera ordenada y transparente, protegiendo los derechos tanto de los acreedores como de los socios. Los liquidadores están sujetos a las mismas obligaciones de diligencia y lealtad que los administradores durante la vida activa de la sociedad.
Desde la perspectiva fiscal, la liquidación genera obligaciones especiales ante el SAT, incluyendo la determinación del resultado fiscal del ejercicio de liquidación conforme al artículo 12 del CFF, el pago de contribuciones pendientes y la presentación de la declaración final del ejercicio de liquidación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores senala que la responsabilidad de los liquidadores se rige por las mismas reglas aplicables a los administradores. Responden por los danos causados a la sociedad y a los socios por negligencia, dolo o extralimitacion de facultades. Es recomendable que los liquidadores documenten todas sus actuaciones y obtengan autorizacion de la asamblea para las operaciones mas relevantes.
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Art. 244. Informes periódicos de liquidadores
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