LGSM

Artículo 193. Certificación de actas

Las actas de las asambleas podrán ser certificadas por el secretario del consejo o por notario público, y sus copias harán prueba plena.

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Texto Legal

Artículo 193 – Certificación de actas

Las actas de las asambleas podrán ser certificadas por el secretario del consejo o por notario público, y sus copias harán prueba plena.

Esta disposición forma parte del régimen de gobierno corporativo de la Sociedad Anónima, que establece los mecanismos de toma de decisiones, administración y vigilancia que garantizan la protección de los derechos de todos los accionistas.

El gobierno corporativo de la S.A. se estructura en tres niveles: la asamblea de accionistas como órgano supremo de decisión, el consejo de administración o administrador único como órgano de gestión, y los comisarios como órgano de vigilancia. Esta separación de funciones es fundamental para el control interno de la sociedad.

El cumplimiento de las formalidades de convocatoria, quórum y votación establecidas en la ley es esencial para la validez de las resoluciones societarias. Su incumplimiento puede dar lugar a la nulidad de las resoluciones y a la responsabilidad de los administradores que las hayan ejecutado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Para SDV Asesores, la certificacion de actas por el secretario del consejo o de la asamblea les otorga fe publica en cuanto a su contenido. Las certificaciones son necesarias para acreditar las resoluciones ante terceros, instituciones bancarias y autoridades. Recomendamos que el secretario sea una persona de reconocida honorabilidad y preferentemente un abogado con experiencia corporativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 193 del LGSM?

Las actas de las asambleas podrán ser certificadas por el secretario del consejo o por notario público, y sus copias harán prueba plena.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 193 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

Para SDV Asesores, la certificacion de actas por el secretario del consejo o de la asamblea les otorga fe publica en cuanto a su contenido. Las certificaciones son necesarias para acreditar las resoluciones ante terceros, instituciones bancarias y autoridades. Recomendamos que el secretario sea una persona de reconocida honorabilidad y preferentemente un abogado con experiencia corporativa.

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