LGSM

Artículo 136. Dividendos y utilidades

Las acciones conferirán a sus tenedores el derecho a participar en las utilidades de la sociedad en proporción al monto pagado, salvo pacto en contrario.

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Texto Legal

Artículo 136 – Dividendos y utilidades

Las acciones conferirán a sus tenedores el derecho a participar en las utilidades de la sociedad en proporción al monto pagado, salvo pacto en contrario.

El régimen jurídico de las acciones es fundamental para la operación de la Sociedad Anónima, pues las acciones son el instrumento mediante el cual se representa la participación de cada socio en el capital social y se determinan sus derechos corporativos y patrimoniales.

La correcta emisión, registro y transmisión de acciones tiene implicaciones tanto corporativas como fiscales. Para efectos del Impuesto sobre la Renta, la enajenación de acciones genera ganancia o pérdida fiscal que debe calcularse conforme a las reglas especiales de la LISR.

En la práctica empresarial, es esencial que las sociedades anónimas mantengan actualizados sus libros corporativos, incluyendo el registro de acciones, para garantizar la seguridad jurídica de las operaciones accionarias y facilitar los procesos de auditoría fiscal y corporativa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que el reparto de dividendos solo puede realizarse con base en estados financieros aprobados por la asamblea de accionistas y despues de deducir las perdidas de ejercicios anteriores y la reserva legal. El reparto de dividendos ficticios genera responsabilidad solidaria para los administradores que lo autoricen. Es fundamental verificar la existencia de utilidades reales antes de cualquier distribucion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 136 del LGSM?

Las acciones conferirán a sus tenedores el derecho a participar en las utilidades de la sociedad en proporción al monto pagado, salvo pacto en contrario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 136 de la Ley de Sociedades Mercantiles?

SDV Asesores senala que el reparto de dividendos solo puede realizarse con base en estados financieros aprobados por la asamblea de accionistas y despues de deducir las perdidas de ejercicios anteriores y la reserva legal. El reparto de dividendos ficticios genera responsabilidad solidaria para los administradores que lo autoricen. Es fundamental verificar la existencia de utilidades reales antes de cualquier distribucion.

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