Las acciones de voto limitado tendrán derecho a un dividendo preferente y acumulativo. Los tenedores participarán en la asamblea con voz pero sin voto en ciertas materias.
Las acciones de voto limitado tendrán derecho a un dividendo preferente y acumulativo. Los tenedores participarán en la asamblea con voz pero sin voto en ciertas materias.
El régimen jurídico de las acciones es fundamental para la operación de la Sociedad Anónima, pues las acciones son el instrumento mediante el cual se representa la participación de cada socio en el capital social y se determinan sus derechos corporativos y patrimoniales.
La correcta emisión, registro y transmisión de acciones tiene implicaciones tanto corporativas como fiscales. Para efectos del Impuesto sobre la Renta, la enajenación de acciones genera ganancia o pérdida fiscal que debe calcularse conforme a las reglas especiales de la LISR.
En la práctica empresarial, es esencial que las sociedades anónimas mantengan actualizados sus libros corporativos, incluyendo el registro de acciones, para garantizar la seguridad jurídica de las operaciones accionarias y facilitar los procesos de auditoría fiscal y corporativa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Desde la perspectiva de SDV Asesores, las acciones de voto limitado son un instrumento util para captar capital sin diluir el control de los socios fundadores. Los tenedores de acciones de voto limitado tienen derecho a un dividendo preferente minimo del cinco por ciento sobre el valor de sus acciones. Este mecanismo es comun en la planeacion de gobierno corporativo de empresas familiares.
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