Requiere que se presente un informe detallado sobre el resultado final de las negociaciones antes de la firma del tratado. Este informe debe incluir beneficios y compromisos.
Con base en la información sobre el avance de las negociaciones las comisiones a las que haya sido turnado el informe, o en su caso, la subcomisión a la que se refiere el artículo anterior, deberán requerir a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal que represente a México en las negociaciones, con la anticipación necesaria a la fecha determinada para la firma del tratado correspondiente, un informe sobre el resultado final completo de las negociaciones, y sobre la forma en que se atendieron los objetivos de esta ley.
Asimismo, el informe contará con una explicación amplia y detallada de:
I. Los beneficios que se obtuvieron en la negociación;
II. Los alcances de la negociación;
III. Los compromisos de la negociación, y
IV. Las normas legales y administrativas que tendrían que modificarse de acuerdo con el tratado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo enfatiza la importancia de la transparencia en las negociaciones. Los abogados deben asegurarse de que todos los aspectos del informe sean claros y completos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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