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Artículo 1. Definicion de cafe verde

El articulo define el cafe verde como el producto de semillas del genero Coffea L. y establece el proceso de tostado. Este proceso implica calentar el cafe verde a temperaturas superiores a 150° C.

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Texto Legal

Se entiende por café verde el producto obtenido de las semillas de diversas especies botánicas del género Coffea L, familia de las Rubiáceas, que han sido objeto de un proceso de desecación y descascarado; y por tostado, el café verde que ha sido sometido a una temperatura superior a los 150° C.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental entender las definiciones clave para asegurar el cumplimiento de la ley. La correcta identificación del cafe verde y el proceso de tostado son esenciales para la comercializacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1 del 215?

El articulo define el cafe verde como el producto de semillas del genero Coffea L. y establece el proceso de tostado. Este proceso implica calentar el cafe verde a temperaturas superiores a 150° C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1 de la LEY sobre Elaboración y Venta de Café Tostado?

[IA] Es fundamental entender las definiciones clave para asegurar el cumplimiento de la ley. La correcta identificación del cafe verde y el proceso de tostado son esenciales para la comercializacion.

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