La Secretaría de Relaciones Exteriores autoriza la ejecución del Himno Nacional en eventos no cívicos en el extranjero, prohibiendo su uso comercial. Esto protege la integridad del Himno.
La Secretaría de Relaciones Exteriores, previa consulta con la Secretaría de Gobernación, autorizará a través de las representaciones diplomáticas de México acreditadas en el extranjero, la ejecución o canto del Himno Nacional Mexicano, en espectáculos o reuniones sociales que no sean cívicas, que tengan lugar en el extranjero. Asimismo, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de dichas representaciones, solicitará del gobierno ante el cual se hallen acreditadas, que se prohíba la ejecución o canto del Himno Nacional Mexicano con fines comerciales.
CAPITULO SEXTO Disposiciones Generales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las organizaciones que planean eventos en el extranjero deben consultar a la Secretaría para asegurarse de que cumplen con las regulaciones sobre el uso del Himno Nacional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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