211

Artículo 121. Gastos de valorizacion

Los gastos de valorización del daño serán compartidos por ambas partes de manera equitativa. Esto fomenta la colaboración entre el asegurado y la aseguradora.

gastosvalorizacioncolaboracionpartes

Texto Legal

Los gastos de valorización estarán a cargo de los contratantes por partes iguales.

CAPITULO II Seguro contra incendio LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 04-04-2013 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La distribución equitativa de los gastos de valorización puede ser un punto de negociación entre las partes. Es recomendable documentar todos los gastos incurridos para evitar disputas posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 121 del 211?

Los gastos de valorización del daño serán compartidos por ambas partes de manera equitativa. Esto fomenta la colaboración entre el asegurado y la aseguradora.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 121 de la LEY Sobre el Contrato de Seguro?

[IA] La distribución equitativa de los gastos de valorización puede ser un punto de negociación entre las partes. Es recomendable documentar todos los gastos incurridos para evitar disputas posteriores.

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