La empresa aseguradora puede adquirir los efectos salvados al abonar su valor real. También puede optar por reparar o reponer la cosa asegurada, liberándose de la indemnización.
La empresa podrá adquirir los efectos salvados, siempre que abone al asegurado su valor real según estimación pericial. Podrá también reponer o reparar a satisfacción del asegurado la cosa asegurada, liberándose así de la indemnización.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas aseguradoras deben evaluar cuidadosamente la opción de adquirir efectos salvados, ya que esto puede ser más beneficioso que pagar una indemnización. Los asegurados deben estar informados sobre sus derechos en este proceso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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