LSS

Artículo 116. Monto de la pensión por invalidez

Establece la forma de calcular el monto de la pensión por invalidez, que corresponde al 35% del promedio de los salarios de las últimas 500 semanas cotizadas, más incrementos por semanas adicionales.

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Texto Legal

Artículo 116 – Monto de la Pensión de Invalidez

La pensión por invalidez será equivalente a una cuantía básica del treinta y cinco por ciento del salario promedio de cotización de las últimas quinientas semanas, o las que tuviere, más las asignaciones familiares y ayudas asistenciales.

Cálculo

Cuantía básica: 35% del salario promedio de las últimas 500 semanas

Incrementos: Por cada año de cotización adicional a los primeros 500, se incrementa el porcentaje.

Pensión mínima garantizada

En ningún caso la pensión por invalidez será inferior al monto de la pensión garantizada que establece esta Ley. La pensión garantizada se actualiza anualmente en febrero conforme al INPC.

Financiamiento

La pensión se financia con los recursos de la cuenta individual del trabajador (subcuenta de RCV) más los recursos que aporte el gobierno federal y, en su caso, el IMSS.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desde la optica de SDV, este articulo sobre la ayuda asistencial complementa la pension por invalidez cuando el pensionado requiere asistencia de otra persona para realizar sus actividades cotidianas. Esta prestacion adicional del 20% sobre la pension base es poco conocida pero puede representar un beneficio significativo para los pensionados mas vulnerables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 116 del LSS?

Establece la forma de calcular el monto de la pensión por invalidez, que corresponde al 35% del promedio de los salarios de las últimas 500 semanas cotizadas, más incrementos por semanas adicionales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 116 de la Ley del Seguro Social?

Desde la optica de SDV, este articulo sobre la ayuda asistencial complementa la pension por invalidez cuando el pensionado requiere asistencia de otra persona para realizar sus actividades cotidianas. Esta prestacion adicional del 20% sobre la pension base es poco conocida pero puede representar un beneficio significativo para los pensionados mas vulnerables.

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