En ausencia de disposiciones específicas, se aplicarán otras leyes relacionadas con vías generales de comunicación y procedimientos administrativos. Este artículo establece un marco normativo complementario.
A falta de disposición expresa en esta Ley o en los tratados internacionales aplicables, se aplicarán:
I. La Ley de Vías Generales de Comunicación;
II. La Ley General de Bienes Nacionales;
III. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y
IV. Los códigos de Comercio; Civil Federal; y Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Fracción reformada DOF 14-11-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo es útil para entender cómo se integran otras leyes en el contexto ferroviario. Los asesores legales deben estar al tanto de estas interacciones para brindar una asesoría completa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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