LRArt6_MDR

Artículo 4. Sujetos Obligados

Los medios de comunicación y otros emisores de información son considerados sujetos obligados y deben garantizar el derecho de réplica. Esto incluye a agencias de noticias y productores independientes.

sujetos obligadosmedios de comunicacionderecho de replica

Texto Legal

Los medios de comunicación, las agencias de noticias, los productores independientes y cualquier otro emisor de información responsable del contenido original, serán sujetos obligados en términos de esta Ley y tendrán la obligación de garantizar el derecho de réplica de las personas en los términos previstos en la misma.

Las agencias de noticias, los productores independientes y cualquier otro emisor de información, responsables del contenido original, cumplirán la obligación a que se refiere el párrafo anterior, a través de los espacios propios o donde sean publicados o transmitidos por terceros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los sujetos obligados deben establecer protocolos claros para manejar solicitudes de réplica. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones y daños a la reputación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LRArt6_MDR?

Los medios de comunicación y otros emisores de información son considerados sujetos obligados y deben garantizar el derecho de réplica. Esto incluye a agencias de noticias y productores independientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY , párrafo primero, de la Constitución Polít...?

[IA] Los sujetos obligados deben establecer protocolos claros para manejar solicitudes de réplica. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones y daños a la reputación.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 4 del LRArt6_MDR?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 4 LRArt6_MDR desde tu celular