El juez citará a las partes a una audiencia de desahogo de pruebas y alegatos dentro de los dos días hábiles siguientes a la contestación. Las resoluciones serán públicas y accesibles electrónicamente.
Dentro de los dos días hábiles siguientes a que haya sido presentada la contestación de la demanda, o en su caso, concluido el término legal para hacerlo, el juez citará a las partes a audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, dentro de la cual podrá dictar sentencia o, en su caso, dentro de las veinticuatro horas siguientes.
Las resoluciones que emita el juez serán públicas y estarán disponibles para su consulta electrónica, en los términos que disponga la ley de la materia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La transparencia en las resoluciones es fundamental para el proceso. Los abogados deben estar preparados para presentar sus argumentos de manera efectiva durante la audiencia.
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