LRArt6_MDR

Artículo 16. Difusion de rectificacion en radiodifusion

Este articulo establece que la rectificacion o respuesta a una informacion transmitida por un prestador de servicios de radiodifusion debe difundirse en el mismo programa y horario. Esto asegura que la respuesta tenga la misma visibilidad que la informacion original.

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Texto Legal

Cuando se trate de información transmitida a través de un prestador de servicios de radiodifusión o uno que preste servicios de televisión o audio restringidos, la rectificación o respuesta tendrá que difundirse en el mismo programa y horario y con características similares a la transmisión que la haya motivado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los medios cumplan con esta obligacion para evitar conflictos legales. Los contadores y abogados deben estar atentos a los plazos para la difusion de la rectificacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LRArt6_MDR?

Este articulo establece que la rectificacion o respuesta a una informacion transmitida por un prestador de servicios de radiodifusion debe difundirse en el mismo programa y horario. Esto asegura que la respuesta tenga la misma visibilidad que la informacion original.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY , párrafo primero, de la Constitución Polít...?

[IA] Es importante que los medios cumplan con esta obligacion para evitar conflictos legales. Los contadores y abogados deben estar atentos a los plazos para la difusion de la rectificacion.

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