Este artículo ha sido derogado, lo que implica que ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de las reformas y cambios en la legislación.
(Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993
LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5o. CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-01-2018 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La derogación de artículos puede afectar a los profesionistas. Se sugiere revisar la normativa vigente para evitar confusiones en el ejercicio profesional.
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