LRArt3_MMCE_300919

Artículo 43. Integracion del Consejo Tecnico

El Consejo Técnico estará integrado por siete especialistas nombrados por la Cámara de Senadores, garantizando diversidad y paridad de género. Esto es clave para una representación equitativa.

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Texto Legal

El Consejo Técnico estará integrado por siete personas nombradas por la Cámara de Senadores, con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes, las cuales durarán en su cargo cinco años improrrogables, serán renovadas en forma escalonada y no podrán ser reelectas. En su composición se procurará la diversidad y representación de los tipos y modalidades educativos, así como la paridad de género.

Las personas que integren el Consejo Técnico, deberán ser especialistas en investigación, política educativa, temas pedagógicos o tener experiencia docente en cualquier tipo o modalidad educativa; además acreditar el grado académico de su especialidad y experiencia, no haber sido dirigente de algún partido político o candidato a ocupar un cargo de elección popular en los cuatro años anteriores a la designación.

En caso de falta absoluta de un integrante del Consejo, la Junta, informará inmediatamente a la Cámara de Senadores, para que lleve a cabo la sustitución en los términos de la fracción IX del artículo 3o. Constitucional.

La persona elegida en la hipótesis a que se refiere el párrafo anterior solo podrá desempeñar el cargo durante el tiempo que reste al periodo del nombramiento de aquel que ha sido sustituido. Si el periodo a

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 3o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE MEJORA CONTINUA DE LA EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 30-09-2019 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

cubrir es menor a un año, no habrá impedimento para que participe en el siguiente o posteriores procesos de elección para miembros del Consejo Técnico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La diversidad en el Consejo Técnico puede enriquecer las discusiones y decisiones. Es importante que se evalúe la experiencia de los candidatos para asegurar su idoneidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 43 del LRArt3_MMCE_300919?

El Consejo Técnico estará integrado por siete especialistas nombrados por la Cámara de Senadores, garantizando diversidad y paridad de género. Esto es clave para una representación equitativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 43 de la LEY , en materia de Mejora Continua de la Educa...?

[IA] La diversidad en el Consejo Técnico puede enriquecer las discusiones y decisiones. Es importante que se evalúe la experiencia de los candidatos para asegurar su idoneidad.

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