LRArt3_MMCE_300919

Artículo 16. Oferta de formacion y capacitacion

Este articulo establece los lineamientos para la oferta de formacion, capacitacion y actualizacion de los docentes, enfocandose en la mejora continua y la equidad educativa. Se busca fortalecer el aprendizaje y el desempeño academico de los educandos mediante una oferta gratuita y pertinente.

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Texto Legal

La oferta de formación, capacitación y actualización deberá:

I. Centrarse en la mejora continua de las maestras y los maestros para fortalecer el aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes;

II. Fortalecer el desempeño académico de los educandos, a partir de una oferta amplia de métodos pedagógicos;

III. Favorecer la equidad educativa;

IV. Propiciar la excelencia de la educación que imparta el Estado;

V. Ser gratuita, diversa y de excelencia, en función de las necesidades de desarrollo del personal, para su mejor desempeño profesional;

VI. Ser pertinente con las necesidades del docente, de la escuela, de su zona escolar y de su entidad federativa;

VII. Responder, en su dimensión regional o local, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional;

VIII. Incorporar la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos;

IX. Propiciar un marco de inclusión educativa;

X. Atender a los resultados de las evaluaciones diagnósticas que apliquen las autoridades de educación media superior, las autoridades educativas de los Estados y la Ciudad de México y los organismos descentralizados;

XI. Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate, desarrolladas por las instancias educativas correspondientes;

XII. Aprovechar y promover el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital para facilitar el acceso a la formación, capacitación y actualización, y

LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 3o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE MEJORA CONTINUA DE LA EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 30-09-2019 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

XIII. Atender al personal interesado en participar en los procesos de promoción y reconocimiento, para proporcionar, entre otras, herramientas de trayectos formativos en la innovación, métodos tecnológicos de profesionalización o de gestión directiva.

El personal elegirá los programas o cursos de formación, capacitación y actualización en función de los resultados obtenidos en la evaluación diagnóstica en que participe o de sus necesidades, intereses, habilidades y capacidades, tomando en cuenta además los contextos locales y regionales de la prestación de los servicios educativos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los programas de formacion se adapten a las necesidades locales y regionales. Los contadores y abogados deben estar atentos a la aplicacion de estos criterios para asegurar el cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 16 del LRArt3_MMCE_300919?

Este articulo establece los lineamientos para la oferta de formacion, capacitacion y actualizacion de los docentes, enfocandose en la mejora continua y la equidad educativa. Se busca fortalecer el aprendizaje y el desempeño academico de los educandos mediante una oferta gratuita y pertinente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 16 de la LEY , en materia de Mejora Continua de la Educa...?

[IA] Es crucial que los programas de formacion se adapten a las necesidades locales y regionales. Los contadores y abogados deben estar atentos a la aplicacion de estos criterios para asegurar el cumplimiento normativo.

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