El Consejo Directivo estará presidido por un Subsecretario y compuesto por directores de diversas instituciones. Su función es guiar las actividades del Instituto.
El Consejo Directivo será presidido por el Subsecretario que designe el Secretario de Energía y se integrará con los Directores Generales de la Comisión Federal de Electricidad, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y del Instituto Politécnico Nacional, y los rectores de la Universidad Nacional Autónoma de México y de la Universidad Autónoma Metropolitana, así como por dos personas nombradas por el Secretario mencionado. Por cada consejero se designará un suplente. Párrafo reformado DOF 09-04-2012
El Consejo Directivo deberá reunirse ordinariamente, por lo menos, una vez cada tres meses; las reuniones extraordinarias se realizarán en cuantas ocasiones sea necesario.
LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN MATERIA NUCLEAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 09-04-2012 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las decisiones del Consejo Directivo pueden influir en las políticas del Instituto. Las empresas deben estar atentas a sus reuniones y decisiones para alinearse con sus objetivos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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