207

Artículo 42. Objetivo del Instituto

El Instituto tiene como objetivo realizar investigación y desarrollo en tecnología nuclear y promover su uso pacífico. Esto busca vincular los avances al desarrollo del país.

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Texto Legal

El Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares tendrá por objeto realizar investigación y desarrollo en el campo de las ciencias y tecnología nucleares, así como promover los usos pacíficos de la energía nuclear y difundir los avances alcanzados para vincularlos al desarrollo económico, social, científico y tecnológicos del país.

La investigación y desarrollo que realice el Instituto deberán ser congruentes con las políticas nacionales y se desarrollarán de acuerdo con los programas que para tal efecto se aprueben.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las empresas deben considerar al Instituto como un recurso para obtener asistencia técnica y colaboración en proyectos de investigación. Esto puede mejorar su competitividad en el sector.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del 207?

El Instituto tiene como objetivo realizar investigación y desarrollo en tecnología nuclear y promover su uso pacífico. Esto busca vincular los avances al desarrollo del país.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY?

[IA] Las empresas deben considerar al Instituto como un recurso para obtener asistencia técnica y colaboración en proyectos de investigación. Esto puede mejorar su competitividad en el sector.

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