La adquisición y uso de materiales radioactivos requieren autorización de la Secretaría de Energía y, en algunos casos, de la Secretaría de Salud. Esto aplica a diversas actividades, incluyendo usos médicos.
La adquisición, importación, exportación, posesión, uso, transferencia, transporte, almacenamiento y destino o disposición final de material radioactivo y dispositivos generadores de radiación ionizante, sólo podrán llevarse a cabo con autorización que expedirá la Secretaría de Energía por conducto de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, con independencia de otras autorizaciones. Los materiales radioactivos y dispositivos aludidos utilizados con fines médicos requerirán la autorización previa de la Secretaría de Salud. Artículo reformado DOF 09-04-2012
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas que manejan materiales radioactivos deben estar al tanto de las distintas autorizaciones requeridas y asegurarse de cumplir con todas las regulaciones aplicables.
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