El uso de la energía nuclear en México debe ser exclusivamente para fines pacíficos, conforme a la Constitución. El Ejecutivo Federal emitirá disposiciones reglamentarias al respecto.
El uso de la energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Ejecutivo Federal dictará las disposiciones reglamentarias a que se sujetará el uso tanto energético como no energético de los materiales radiactivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial para los operadores del sector nuclear entender que cualquier uso de la energía nuclear debe alinearse con esta disposición para evitar sanciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo