LRFIyII_Art105

Artículo 50. Archivado de expedientes

No se podrá archivar ningún expediente sin que se haya cumplido la sentencia o extinguido la materia de la ejecución. Esto garantiza que las resoluciones se respeten.

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Texto Legal

No podrá archivarse ningún expediente sin que quede cumplida la sentencia o se hubiere extinguido la materia de la ejecución.

Capítulo VIII De los recursos

LEY REGLAMENTARIA DE LAS FRACCIONES I Y II DEL ARTÍCULO 105 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Sección I De la reclamación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La prohibición de archivar expedientes sin cumplimiento de sentencias es crucial para la transparencia y el respeto a la ley. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes cumplan con esta obligación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del LRFIyII_Art105?

No se podrá archivar ningún expediente sin que se haya cumplido la sentencia o extinguido la materia de la ejecución. Esto garantiza que las resoluciones se respeten.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la LEY Reglamentaria de las Fracciones I y II del ...?

[IA] La prohibición de archivar expedientes sin cumplimiento de sentencias es crucial para la transparencia y el respeto a la ley. Los abogados deben asegurarse de que sus clientes cumplan con esta obligación.

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