LRArt76_fracVI

Artículo 14. Instrucción del Proceso

La Junta de Coordinación Política enviará la solicitud a la Mesa Directiva para su instrucción, apoyándose en especialistas si es necesario. Esto asegura un manejo adecuado del proceso.

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Texto Legal

Para la debida instrucción del proceso, la Junta de Coordinación Política, una vez decidida la procedencia de la solicitud, la enviará a la Mesa Directiva, la cual deberá turnarla a la Comisión responsable de su prosecución.

Para el adecuado desempeño de su función, la Comisión se auxiliará de especialistas o del personal que estime necesario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La colaboración con especialistas puede enriquecer el proceso. Los abogados deben considerar la posibilidad de involucrar expertos en la materia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del LRArt76_fracVI?

La Junta de Coordinación Política enviará la solicitud a la Mesa Directiva para su instrucción, apoyándose en especialistas si es necesario. Esto asegura un manejo adecuado del proceso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 14 de la LEY Reglamentaria de la fracción VI del artícul...?

[IA] La colaboración con especialistas puede enriquecer el proceso. Los abogados deben considerar la posibilidad de involucrar expertos en la materia.

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