LRArt76_fracVI

Artículo 12. Decisión de Procedencia

La Junta de Coordinación Política evaluará la procedencia de la solicitud, considerando si se trata de una cuestión política y si se cumplen los requisitos documentales.

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Texto Legal

La solicitud se turnará a la Junta de Coordinación Política, la cual decidirá su procedencia. Para tal efecto, la Junta observará:

I. Si se trata de uno de los supuestos considerados como una cuestión política;

II. Si se acompaña de los documentos requeridos, y

III. Si la cuestión planteada no es de índole constitucional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La evaluación de la Junta es un paso crítico. Los abogados deben asegurarse de que todos los documentos estén en orden para evitar rechazos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LRArt76_fracVI?

La Junta de Coordinación Política evaluará la procedencia de la solicitud, considerando si se trata de una cuestión política y si se cumplen los requisitos documentales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY Reglamentaria de la fracción VI del artícul...?

[IA] La evaluación de la Junta es un paso crítico. Los abogados deben asegurarse de que todos los documentos estén en orden para evitar rechazos.

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