200_291214

Artículo 2. Derogacion de Articulo

Este artículo ha sido derogado y no tiene efectos legales vigentes. Su derogación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2014.

derogacionarticulo derogado
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 29 de diciembre de 2014. Verificado en 2026.

Texto Legal

Se deroga. Artículo reformado DOF 30-12-1963, 13-01-1965, 31-12-1970, 31-12-1975, 30-12-1977, 07-01-1980, 01-12-1983, 26-12-1989, 10-05-1996, 14-05-2012. Derogado DOF 29-12-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La derogación de artículos puede afectar la interpretación de la ley y es importante estar al tanto de los cambios para evitar confusiones en la aplicación de la normativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del 200_291214?

Este artículo ha sido derogado y no tiene efectos legales vigentes. Su derogación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2014.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY que Establece Bases para la Ejecución en Mé...?

[IA] La derogación de artículos puede afectar la interpretación de la ley y es importante estar al tanto de los cambios para evitar confusiones en la aplicación de la normativa.

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