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Artículo 13. Franquicia postal y telegráfica

El Instituto goza de franquicia postal y telegráfica, así como de descuentos en vías de comunicación, como parte de su estatus como dependencia del Gobierno Federal. Esto facilita la comunicación y operaciones del Instituto.

franquiciacomunicaciongobierno

Texto Legal

El Instituto, en su calidad de dependencia del Gobierno Federal, gozará de franquicia postal y telegráfica, así como del descuento que a tales dependencias corresponde en las vías generales de comunicación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Aprovechar las franquicias postales y telegráficas puede resultar en ahorros significativos para el Instituto, optimizando sus recursos en comunicación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del 193_171215?

El Instituto goza de franquicia postal y telegráfica, así como de descuentos en vías de comunicación, como parte de su estatus como dependencia del Gobierno Federal. Esto facilita la comunicación y operaciones del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY que crea el Instituto Nacional de Bellas Ar...?

[IA] Aprovechar las franquicias postales y telegráficas puede resultar en ahorros significativos para el Instituto, optimizando sus recursos en comunicación.

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