Establece que a falta de disposicion expresa en esta Ley, se aplicaran de manera supletoria las disposiciones del Codigo Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
A falta de disposicion expresa en esta Ley, se aplicaran de manera supletoria las disposiciones del Codigo Federal de Procedimientos Civiles y de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Para la interpretacion de la Ley se atendera a lo siguiente:
- Se favorecera la proteccion mas amplia para el titular de los datos personales
- Se procurara el equilibrio entre la proteccion de datos y la libertad de empresa
- Se consideraran los estandares internacionales en materia de proteccion de datos
La aplicacion supletoria opera cuando la LFPDPPP no regula expresamente una situacion. El Codigo Federal de Procedimientos Civiles se aplica en cuestiones procesales, mientras que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo rige los procedimientos ante el INAI.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La supletoriedad del Codigo Federal de Procedimientos Civiles y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo cobra relevancia practica cuando surgen lagunas procesales en los procedimientos ante el INAI. Para las empresas, esto significa que los plazos, notificaciones y formalidades que no esten expresamente reguladas en la LFPDPPP se regiran por estas normas supletorias, por lo que es importante que el equipo juridico las conozca.
Art. 1. Objeto de la Ley
Establece que la Ley es de orden publico y tiene por objeto la proteccion de los datos personales en posesion de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legitimo, controlado e informado, garantizando la privacidad y el derecho a la autodeterminacion informativa de las personas.
Art. 43. Procedimiento de proteccion de derechos
Regula el procedimiento de proteccion de derechos ante el INAI, que inicia con la solicitud del titular cuando el responsable no atiende o atiende de forma insatisfactoria una solicitud de derechos ARCO.
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Art. 4. Principio de informacion en fuentes accesibles
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Art. 6. Principios rectores de la proteccion de datos
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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