LFPCA

Artículo 58-R. Sentencia en el juicio en línea

Establece que la sentencia en el juicio en línea se dicta y notifica electrónicamente, con los mismos efectos que la sentencia del juicio tradicional.

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Texto Legal

Artículo 58-R – Sentencia en el Juicio en Línea

La sentencia en el juicio en línea se dictará conforme a las mismas reglas del juicio ordinario y se notificará electrónicamente a las partes a través del Sistema de Justicia en Línea.

Características

- La sentencia se emite en formato electrónico firmado por los Magistrados
- Se notifica a través del sistema en la misma fecha de su emisión
- Tiene los mismos efectos legales que la sentencia del juicio tradicional
- Los recursos proceden en los mismos términos que en el juicio ordinario

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La sentencia electrónica tiene plena validez legal. En SDV Asesores descargamos y resguardamos las sentencias electrónicas como parte del expediente digital del cliente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58-R del LFPCA?

Establece que la sentencia en el juicio en línea se dicta y notifica electrónicamente, con los mismos efectos que la sentencia del juicio tradicional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58-R de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La sentencia electrónica tiene plena validez legal. En SDV Asesores descargamos y resguardamos las sentencias electrónicas como parte del expediente digital del cliente.

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