Las autoridades administrativas pueden ordenar visitas de verificacion para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales por parte de los particulares.
Las autoridades administrativas, para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, podran llevar a cabo visitas de verificacion.
Las visitas de verificacion son una facultad de comprobacion que permite a la autoridad constatar in situ que los particulares cumplen con las obligaciones que les impone la ley.
Las visitas de verificacion de la LFPA son distintas a las visitas domiciliarias del CFF:
- LFPA: verificar cumplimiento de normas administrativas (salud, medio ambiente, comercio)
- CFF: verificar cumplimiento de obligaciones fiscales
COFEPRIS, PROFECO, CONAGUA, SEMARNAT, Secretaria del Trabajo, entre otras.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las visitas de verificacion son una de las facultades de la autoridad que mas impactan la operacion de las empresas. Recomendamos a nuestros clientes conocer las autoridades que pueden verificar su actividad y tener preparados los documentos de cumplimiento normativo. Un programa preventivo de cumplimiento puede evitar sanciones y clausuras derivadas de las verificaciones.
Art. 62. Orden de visita
Toda visita de verificacion debe estar precedida de una orden escrita emitida por autoridad competente, que cumpla con los requisitos del articulo 16 constitucional.
Art. 63. Desarrollo de la visita de verificacion
Los verificadores deben identificarse al inicio de la visita, entregar la orden y levantar acta circunstanciada de los hechos y omisiones observados.
Art. 64. Acta de verificacion
De toda visita de verificacion se levantara acta circunstanciada en presencia de dos testigos, consignando los hechos observados, las irregularidades detectadas y las manifestaciones del visitado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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