LRITF

Artículo 93. Grupo de Innovacion Financiera

Se establece el Grupo de Innovación Financiera como un espacio de consulta y coordinación entre el sector público y privado. Su objetivo es fomentar el intercambio de ideas sobre tecnología financiera.

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Texto Legal

El Grupo de Innovación Financiera es la instancia de consulta, asesoría y coordinación que tiene por objeto establecer un espacio de intercambio de opiniones, ideas y conocimiento entre el sector público y privado para conocer innovaciones en materia de tecnología financiera y planear su desarrollo y regulación ordenados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las ITF pueden beneficiarse al participar en este grupo, ya que les permite influir en la regulación y compartir sus experiencias. Es recomendable estar atentos a las convocatorias para participar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 93 del LRITF?

Se establece el Grupo de Innovación Financiera como un espacio de consulta y coordinación entre el sector público y privado. Su objetivo es fomentar el intercambio de ideas sobre tecnología financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 93 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnologí...?

[IA] Las ITF pueden beneficiarse al participar en este grupo, ya que les permite influir en la regulación y compartir sus experiencias. Es recomendable estar atentos a las convocatorias para participar.

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