LRITF

Artículo 85. Aplicabilidad de disposiciones

Las sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos están sujetas a diversas disposiciones de la ley, garantizando la supervisión adecuada. Este artículo establece el marco normativo aplicable.

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Texto Legal

A las sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos les será aplicable lo dispuesto en los Títulos I y VII y el Capítulo IV del Título III de la presente Ley, así como los artículos 48, tercer párrafo y 58 de este ordenamiento. Las facultades que se otorgan a la CNBV en los preceptos señalados se entenderán otorgadas a las demás Autoridades Financieras en el ámbito de sus competencias.

CAPÍTULO II De los Modelos Novedosos en Entidades Reguladas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es vital que las sociedades conozcan todas las disposiciones que les aplican para evitar incumplimientos. Realizar auditorías internas puede ayudar a identificar áreas de mejora.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 85 del LRITF?

Las sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos están sujetas a diversas disposiciones de la ley, garantizando la supervisión adecuada. Este artículo establece el marco normativo aplicable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 85 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnologí...?

[IA] Es vital que las sociedades conozcan todas las disposiciones que les aplican para evitar incumplimientos. Realizar auditorías internas puede ayudar a identificar áreas de mejora.

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