LRITF

Artículo 24. Excepciones a fondos de pago electronico

Este articulo enumera los elementos que no se consideran fondos de pago electrónico, como derechos de programas de lealtad y depósitos irregulares. Estas excepciones son importantes para la regulación del sector.

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Texto Legal

No se considerarán fondos de pago electrónico los siguientes:

I. Los derechos derivados de programas de lealtad o recompensa ofrecidos por personas morales a sus clientes que solo puedan ser aceptados por dichas personas morales o por sociedades afiliadas a tales programas a cambio de bienes, servicios o beneficios, siempre y cuando no puedan ser convertidos a moneda de curso legal en territorio nacional o en cualquier otra jurisdicción. En ningún momento las sociedades afiliadas señaladas en esta fracción podrán exceder del veinte por ciento del total de los establecimientos o comercios habilitados para recibir pagos electrónicos a través de operaciones con tarjeta a que se refiere la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros. La supervisión de lo establecido en esta fracción corresponderá al Banco de México;

LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

II. Los montos por pago anticipado de la adquisición de bienes o servicios que solo puedan ser aceptados por el emisor o cualquiera de las sociedades que pertenezcan al mismo Consorcio o Grupo Empresarial del emisor, a cambio de bienes, servicios o beneficios, siempre y cuando no puedan ser convertidos a moneda de curso legal en territorio nacional o en cualquier otra jurisdicción;

III. Los montos objeto de los depósitos de dinero irregulares que las Entidades Financieras reciban de conformidad con las respectivas leyes que expresamente autoricen llevar a cabo dichas operaciones, y

IV. Los recursos objeto de la transmisión de dinero que las Entidades Financieras o los transmisores de dinero a que se refiere la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito realicen de conformidad con las respectivas leyes que expresamente los autoricen a llevar a cabo dicha operación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las instituciones deben estar al tanto de las excepciones para evitar confusiones en la clasificación de sus productos. Esto es clave para la correcta aplicación de la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LRITF?

Este articulo enumera los elementos que no se consideran fondos de pago electrónico, como derechos de programas de lealtad y depósitos irregulares. Estas excepciones son importantes para la regulación del sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnologí...?

[IA] Las instituciones deben estar al tanto de las excepciones para evitar confusiones en la clasificación de sus productos. Esto es clave para la correcta aplicación de la ley.

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